Artículo 10

El Estado informará a quien lo requiera sobre lo siguiente:

  • Funcionamiento de la institución, decisiones adoptadas  y la información relativa a todos los proyectos que se manejen en la institución.
  • Estructura y ejecución presupuestarias, estadísticas y cualquier otra información relativa al presupuesto institucional.
  • Programas desarrollados por la institución.
  • Actos públicos relativos a las contrataciones públicas desarrolladas por la institución

10.4 Programas Desarrollados